Lo que pagas además del precio
Elige el tipo de vivienda e introduce el precio. Los impuestos siguen los tipos de la Comunidad de Madrid y la ley del IVA vigentes en octubre de 2026.
Cómo funciona cada impuesto
Segunda mano: ITP
Comprar a un particular tributa en la Comunidad de Madrid por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. El tipo general es el 6%.
Desde enero de 2022 la base es el valor de referencia del Catastro, salvo que el precio sea mayor. Puedes consultarlo en la sede del Catastro con la referencia catastral.
Se presenta el modelo 600 y se paga en 30 días hábiles desde la escritura. Normalmente lo tramita la gestoría de la notaría o tu abogado.
Rebajas del ITP
La vivienda habitual de una persona física de hasta 250.000 € tiene una bonificación del 10% de la cuota: pagas un 5,4% en vez de un 6%. Hasta dos plazas de garaje y un trastero comprados con ella cuentan para el límite.
Las familias numerosas con título pagan un 4% por su vivienda habitual, siempre que vendan la anterior en dos años. Las dos rebajas no se pueden sumar.
Obra nueva: IVA y AJD
La primera venta de una vivienda por el promotor paga IVA en lugar de ITP: un 10% en viviendas, con hasta dos plazas de garaje y anexos vendidos con ella (Ley 37/1992, art. 91). Las viviendas de protección oficial de régimen especial pagan un 4%.
La escritura paga además Actos Jurídicos Documentados a la Comunidad de Madrid, al 0,75%.
Si el vendedor vive fuera
Si el vendedor no es residente fiscal en España, el comprador debe retener el 3% del precio e ingresarlo en Hacienda con el modelo 211, a cuenta del impuesto del vendedor. Se descuenta de lo que pagas al vendedor, así que no encarece la compra, pero cambia cómo se mueve el dinero en la notaría.
Fuentes: Comunidad de Madrid, Atención al contribuyente (ITP y AJD, actualizado en abril de 2026); Ley 37/1992 del IVA, art. 91. Información general, no asesoramiento fiscal.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga los impuestos al comprar vivienda en Madrid?
El comprador. El ITP de la segunda mano y el IVA más AJD de la obra nueva son del comprador. El vendedor paga la plusvalía municipal y su propio IRPF por la ganancia.
¿Qué es el valor de referencia del Catastro?
Un valor que el Catastro fija para cada inmueble a partir de las ventas cercanas. Desde 2022 el ITP se calcula sobre ese valor cuando es mayor que el precio pactado.
¿La hipoteca añade impuestos?
No para ti. El banco paga el AJD de la escritura de préstamo y, desde la Ley 5/2019, también la notaría, el registro y la gestoría de la hipoteca. Tú pagas la tasación. Pide la oferta vinculante (FEIN) y léela antes de firmar.
¿Los gastos de notaría y registro son fijos?
Se rigen por aranceles oficiales que dependen del precio, así que son parecidos en todas partes, pero no hay una cifra única. Pide presupuesto a la notaría antes de firmar.